REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés de octubre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: KP02-F-2008-001276

La ciudadana MARIA ESPERANZA ARRIECHE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad V- 5.254.679, solicito la INSERCIÒN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, quien nació el doce (12) de Noviembre de Mil Novecientos Cincuenta (1950), en la Maternidad Luisa Cáceres de Arismendi. La solicitud se admitió en cuanto a lugar en derecho, acordándose notificar al Fiscal del Ministerio Público del Estado Lara y publicar un edicto en el diario El Informador, a fin de que cualquier persona interesada en impugnar la presente solicitud concurra a este Tribunal el décimo día de despacho siguiente a la publicación del mismo.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con vista de los documentos públicos consignados tal como las constancias del Jefe Civil de la Parroquia Concepción del Estado Lara y del Registrador Principal del Estado Lara en donde señalan que los libros de ese año se encuentran en mal estado y no se pueden transcribir, la Partida de Nacimiento expedida en el año 1964, copia fotostática de su cedula de identidad, y el edicto publicado en fecha 14-02-2009 y la Fe de Bautismo, queda comprobado que la ciudadana MARIA ESPERANZA ARRIECHE, no tiene partida de nacimiento, es por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA la INSERCIÒN DE PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana MARIA ESPERANZA ARRIECHE, y ordena al Jefe Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, insertar la partida de nacimiento correspondiente. Queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto, a los veintitrés días del mes de Octubre de dos mil nueve. Años: 199° y 150°.

El Juez, La Secretaria,

Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte Abg. Bianca M. Escalona.


HRPB/BME/Lndem.-