REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Treinta de Octubre de dos mil Nueve
199º y 150º
ASUNTO : KP02-S-2008-004692
Vista la solicitud que procede suscrita por la ciudadana ROSA MARGOTT GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-13.464.729, domiciliada en Residencias El Bosque, Casa N° 15, con Calle Padre Aular, Parroquia Jose Gregorio Bastidas, Municipio Palavecino del Estado Lara, conforme lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías sobre un terreno ejido Propiedad Municipal, que mide aproximadamente Novecientos Veintinueve Metros con Sesenta Centímetros Cuadrados (929,60 Mts2), que tiene un valor aproximado de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 120.000,00), cuya ubicación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano ROSA MARGOTT GARCIA, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: LA CALLE LOS MAGOS, CON VIA QUE CONDUCE A LA MONTAÑITA, PARROQUIA JOSE GREGORIO BASTIDAS, MUNICIPIO PALAVECINO DEL ESTADO LARA; con los siguientes linderos: NORTE: En línea de Treinta y Seis Metros con Noventa Centímetros (36,90 Mts) con ocupación que es o fue de Genaro Rivero; SUR: En línea de Treinta y Tres Metros con Noventa Centímetros (36,90 Mts) con ocupación que es o fue de Edilson Piña; ESTE: En línea de Veintinueve metros con Un centímetros (29,01 Mts) con ocupación que es o fue de Bernardo Jurado Toro; OESTE: En línea de Veintitrés metros con Un centímetros (23,50 Mts) con Calle Los Mangos, que es su frente. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.
¬ EL JUEZ, LA SECRETARIA.,

ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. BIANCA ESCALONA.

HRPB/BE/Loreand
La Suscrita Secretaria del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL ESTADO LARA, CERTIFICA la exactitud de la copia que antecede la cual es traslado fiel y exacto de su original. Fecha UT-Supra.