REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, 19 de octubre de dos mil nueve
Años: 199º y 150º

ASUNTO: KP02-V-2007-001846
Visto el escrito presentado por las ciudadanas SANTA MARGARITA MARTIN GUILLERMO y MARIA DEL PINO GUILLERMO, titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.105.095 y 11.347.920, actuando en nombre y representación de la empresa RINALDI MARTIN & ASOCIADOS C.A., mediante el cual proponen TERCERIA contra las sociedades mercantiles INVERSIONES PLAYA BLANCA C.A. y OCEAN ALIMENTOS DE VENEZUELA C.A., este Tribunal observa de los recaudos acompañados y los hechos alegados por el tercero interviniente que con respecto a los cánones de arrendamiento demandados como insolutos, no fueron firmados ni aceptados por persona alguna y de la inspección judicial extrajudicial practicada por el Juzgado de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola del Estado Falcón, en el particular cuarto solicitaron dejar constancia de la condición que ocupa la firma comercial El Manjar C.A. del local objeto de juicio, persona ésta distinta a la interviniente en tercería, razón por la cual este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la presente pretensión.-
El Juez,

Abg. Oscar Eduardo Rivero López El Secretario,

Abg. Roger José Adán Cordero
OERL/rjac.-