REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de octubre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: KP02-F-2009-000856
Visto el Desistimiento del procedimiento y de la Acción, suscrito por la ciudadana YACALY IVONNE CAMBA CALDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 6.053.066, en su carácter de parte actora, asistida por el Abogado JOSE LUCENA, Inpreabogado Nº 31.318; éste Tribunal homologa el mismo, en consecuencia, téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes, de todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente. Se ordena devolver los documentos originales solicitados, dejándose en su lugar copia certificada de los mismos, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente. Archívese el presente expediente. *ml*


El Juez,


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,


Abg. Roger Adán Cordero