REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 13/10/2009, se cumple la Comisión en la siguiente dirección: Calle 45 entre Carreras 26 y 27 N° 26-63, Barquisimeto. El Tribunal notificó al Ciudadano Aleide Antonio González Vásquez, quien dice ser socio de Darío Ramón Terán Arrieche en sociedad de hecho, se asoció porque Terán le dijo que el local era propio, que solo le causó problemas, consigna en 2 folios copia del contrato de socio. El Tribunal declara recibir en 2 folios documento al que se hizo referencia agregándolo a los autos. Ya dentro del local en Tribunal constató que se encontraba libre de personas y cosas por lo que procede a hacer la entrega real y efectiva a la parte actora quien quedó en posesión del mismo. Siendo las 10:30 a.m. se presenta el demandado Darío Ramón Terán Arieche a quien se impuso de la misión del Tribunal. El Tribunal da por concluida su misión y regresa a su sede siendo las 10:35 a.m.