REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Cabudare, 27 de Octubre de 2009.
Años: 199° y 150°

Expediente Nº 3.214-09.
Cumplimiento y Revisión de la Obligación de Manutención

Visto el Convenimiento celebrado entre los ciudadanos: BEATRIZ ALCIVAR, titular de la cedula de identidad Nº V-13.713.757 y VICTOR NUÑEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-4.885.499 asistido por el abogado inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 23.834, , conforme consta en el Acta levantada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Iribarren, Crespo y Urdaneta de esta Circunscripción Judicial, cursante a los folios 17 y 18 del cuaderno separado de medida, de fecha 29-07-2009 y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre bienes disponibles, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su homologación, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Archívese el presente expediente en su debida oportunidad. Déjese copia certificada del presente auto para la carpeta de archivo respectiva.- Cúmplase.-
La Juez.-



Abg. Coromoto de Del Nogal.

El Secretario.


Abg. Lucio Torres Armeya
Seguidamente se cumplió lo ordenado. Se expidió por Secretaría copia certificada del presente auto.-
El Secretario,


Abg. Lucio Torres Armeya