República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

En el día de hoy, 01 de octubre de 2009, siendo las 2:00 de la tarde, sé traslado y constituyo el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular Doctora MAURICIA GONZÁLEZ y la secretaria titular abogada YULIMAR FONSECA, con la finalidad de cumplir la Comisión Nro. 3273, en compañía de la parte abogado en ejercicio EDUARDO RAMOS ARAUJO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 24.228, en el inmueble objeto de la medida constituido por un local comercial con aire acondicionado central, ubicado en el segundo nivel del conjunto arquitectónico Jurisdicción del Municipios Valencia estado Carabobo. Seguidamente el tribunal procede a notificar al ciudadano MASSIMO PAOLO BUONPADRE, italiano, con pasaporte Nro. AM9200527, quien manifestó ser el representante en este acto de la empresa demandada KEY 4 VENEZUELA, C.A, el cual quedo impuesto de la misión del tribunal, decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo civil, mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, expediente Nro. 55.914. Seguidamente el notificado, ya identificado, expone: Por cuanto sostendré una reunión con el ciudadano HASSAN ABDOLKARIM MOHAMED, solicito en este acto un plazo a su apoderado abogado EDUARDO RAMOS, hasta el día lunes 5 de octubre de 2009, a las 9.00 de la mañana para reunirse con el propietario, con la finalidad de llegar a un acuerdo de pago. Acto seguido la parte actora abogado en ejercicio EDUARDO RAMOS ARAUJO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 24.228, expone: Vista la solicitud del notificado, solicito al tribunal que en día de hoy se abstenga de practicar las medidas, y le
concedo el plazo hasta el día lunes 5 de octubre de 2009, a las 9:00 de la mañana, para llegar a un posible acuerdo con el demandado. En caso contrario solicito al tribunal se sirva fijar nueva fecha y hora para la practica de la medida. Seguidamente el Tribunal, vista la solicitud de la parte actora se abstiene de materializar las medidas de embargo preventivo y secuestro en el día de hoy, acuerda fijar nueva fecha para el día lunes 05 de octubre de 2009, a las 9:00 de la mañana, libera a la depositaria judicial designada, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías constitucionales de las personas, ordena se remitan las actuaciones a su tribunal





de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 5:30 de la tarde, es todo, termino, se leyó y conformes firman.


LA JUEZ TITULAR EL NOTIFICADO
DRA. MAURICIA GONZALEZ


PARTE ACTORA DEPOSITARIA


LA SECRETARIA
ABOG. YULIMAR FONSECA