REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO
CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRAL
Valencia, 02 de octubre de 2009
199° y 150º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 1869
El ciudadano Manuel Martins Pereira, titular de la cédula de identidad número V-7.083.096, en su carácter de administrador de DISTRIBUIDORA LUSO VENEZOLANA, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 08 de junio de 1984, bajo el N° 41, Tomo N° 38-C, y en el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el N° J-0704070-8, con domicilio fiscal en la Calle Plaza N° 108-40, Edificio Disluvenca, local N° 2, Valencia, estado Carabobo, asistido por el abogado José F. Yousee, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 54.349, interpuso recurso contencioso tributario subsidiario al recurso jerárquico ante la Gerencia Regional del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) el 09 de diciembre de 1997, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº GJT-DRAJ-2005-A-276 del 23 de febrero de 2005, emanada de ese órgano administrativo.
El 16 de noviembre de 2007, se le dio entrada en el archivo de este tribunal bajo el N° 1423, se acordó las notificaciones de ley.
El 06 de agosto de 2009, el representante judicial de SENIAT, suscribió diligencia solicitando se declare la perención de la instancia.
Para resolver, este tribunal observa:
PRIMERO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, toda instancia se extingue por el transcurso de un año, sin haber ejecutado en ella ningún acto de procedimiento por las partes.
SEGUNDO: Que de acuerdo a lo previsto en el Artículo 269 ejusdem, la perención se verifica de pleno derecho, no es renunciable por las partes y puede ser declarada de oficio por el tribunal.
TERCERO: Que en la causa que nos ocupa, el último acto de procedimiento se efectuó el 16 de junio de 2008.
CUARTO: Que por lo antes expresado, en la presente causa ocurrió la perención de la instancia y así se declara por este tribunal.
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda intentada por el ciudadano Manuel Martins Pereira, en su carácter de administrador de DISTRIBUIDORA LUSO VENEZOLANA, C.A, plenamente identificado. Notifíquese de la presente decisión al Procurador General de la República con copia certificada. Asimismo notifíquese a los ciudadanos Fiscal, Contralor General de la República y Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), líbrese boleta al representante legal y/o apoderado judicial de la contribuyente. Publíquese y déjese copia certificada. Dado, firmado y sellado, en la sala de Despacho de este Juzgado Superior Contencioso Tributario de la Región Central, en la ciudad de Valencia, al segundo (02) día del mes de octubre de dos mil nueve (2009). Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
El Juez titular,
Abg. José Alberto Yanes García La Secretaria titular,
Abg. Mitzy Sánchez
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia.
La Secretaria titular,
Abg. Mitzy Sánchez
Exp. N° 1423
JAYG/ms/gl
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