TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, Trece (13) de Octubre de 2009
199º y 150°


ASUNTO: GP02-S-2009-000439
OFERENTE: A & M2, C. A.
OFERIDO: HERNAN VILLANI
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO


Vista la Transacción, presentada por las partes HERNAN VILLANI, asistido por el abogado GERMAN GONZALEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.° 3.384, y por la otra la empresa A & M2, C. A. , representada por su Apoderada Judicial abogada LIZ OJEDA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.° 86.266, en la que se puede constatar del Acuerdo entre las partes, mediante Cheque del Banco Banesco, Número 02550551, de la Cuenta N° 01340025322120210001, por Bs. 9.145,95. Por lo antes descrito, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Homologa el Acuerdo realizado por las partes, y por cuanto los acuerdos alcanzados por estas no vulneran derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni hay violación de normas de Orden Publico, en consecuencia, se da por terminado el juicio, se le otorga los efectos de Cosa Juzgada, se ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ,


Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS



LA SECRETARIA,


Abg. AMARILYS MIESES MIESES.