TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, Nueve (08) de Octubre de 2009
199º y 150°


ASUNTO: GP02-S-2009-000512
CONSIGNATARIO: ENRIQUE WINKLAAR
CONSIGNANTE: INGENIERIA PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES, C. A.
MOTIVO: CONSIGNACION DE PRESTACIONES


Vista la Transacción, presentada por las partes ENRIQUE WINKLAAR, Asistido por la abogada BELEN HERNANDEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.° 102.452, y por la otra la empresa INGENIERIA PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES, C. A., representada por su Apoderado Judicial abogado JAVIER BLANCO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.° 46.054, en la que se puede constatar del Acuerdo entre las partes, así como de la copia fotostática del Cheque a nombre del trabajador, del Banco Mercantil, N° 099694296, Cuenta N° 01050090701090056109. Por lo antes descrito, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Homologa el Acuerdo realizado por las partes, y por cuanto los acuerdos alcanzados por estas no vulneran derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni hay violación de normas de Orden Publico, en consecuencia, se da por terminado el juicio, se le otorga los efectos de Cosa Juzgada, se ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ,


Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS



LA SECRETARIA,


Abg. AMARILYS MIESES MIESES.