REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés de septiembre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: KP02-S-2008-002081
Vista la solicitud presentada por la ciudadana JENNY ERIKA CONTRERAS PEROZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 11.397.608, de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de posesión y dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicada en el Barrio Juan Pablo II, callejón 7, casa N° 41, Río Claro, Municipio Juárez del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido; con una superficie de 59,2 Mts.2; alinderadas de la siguiente manera: NORTE: Con el señor Gabriel Uranga; SUR: Con la familia Perales; ESTE: Con el señor José Gregorio Díaz; OESTE: Con Jackelin Perozo. Dichas bienhechurías están constituidas por una parcela, cercada con alambre de púas, una bienhechuría, techo de acerolit, con una habitación y un baño. El valor invertido es la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F 4.000,oo) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ANA GUEDEZ y AMARELIS GIL, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DE DOMINIO a favor de la ciudadana JENNY ERIKA CONTRERAS PEROZO, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de Abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia, en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
La Juez
MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
La Secretaria
ELIANA HERNANDEZ SILVA
MJP/Mónica
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