REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de septiembre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO : KP02-V-2009-000207


Vista la transacción celebrada en fecha 14-08-2009 por las partes intervinientes en la presente causa: Abg. DANI CASTELLANO, I.P.S.A. N° 123.296, con el carácter de apoderado judicial del ciudadano OSCAR FERNANDO VELASQUEZ; representante legal de la sociedad de comercio CAFFEXTREMO GORMET, C.A., parte demandada y la Abg. ANGI CACERES, I.P.S.A. N° 108.694, en representación de la empresa CONSORCIO LUCITAL, C.A.; parte actora en la presente acción; éste Tribunal le imparte su homologación; en consecuencia, téngase la misma como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes. Por consiguiente, se da por terminada la presente causa. Archívese el presente expediente y remítase oportunamente al Archivo Judicial Regional.
El Juez,


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,


Abg. Roger Adan Cordero

luzmcs