En horas de despacho del día de hoy, 21-09-2009,
siendo las 10:30 a.m. se traslado y constituyo este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; a señalamiento de la abogada: MORELA PINEDA, inscrita en el I.P.S.A. bajo los nro. 31.144, Apoderada Judicial de la parte actora, a los fines de practicar medida de ENTREGA MATERIAL; acordada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo; en el Juicio por REIVINDICACION, interpuesto por el ciudadano: BELKIS MARTINEZ, contra la ciudadana: LUISA VALDIVIA DE QUITO. Constituido legalmente este Tribunal en la urbanización Rancho Grande, calle 31 casa signada con el numero 4-24 En Jurisdicción de la Parroquia Bartolomé Salom del municipio Puerto Cabello Estado Carabobo, se notifica de la misión a cumplir a la ciudadana: LUISA VALDIVIA DE QUITO, parte demandada. Acto seguido proceden a desocupar el bien inmueble para dejarlo libre de personas quedando un vehiculo en estado de deterioro el cual será retirado por la parte demandada en un lapso de cuatro días Este tribunal Ejecutor de medidas actuando en comisión declara ejecutada la entrega material. Siendo las 6:00 p.m. se regresa el tribunal a su sede.
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