REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 25 de Septiembre de 2009
199º y 150º
Vista la anterior Solicitud, de fecha 21 de Septiembre de 2009, presentada por la ciudadana CHESIRA ESTHER AYALA JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, identificado con la cédula de identidad personal número V- 6.792.538, con domicilio en la jurisdicción del Municipio Diego Ibarra, debidamente asistida por la abogada CARMEN RAMONA JIMENEZ DE AYALA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 128.823, contentiva de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS DE PERPETUA MEMORIA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS. Désele entrada y fórmese expediente, asígnesele número, háganse las anotaciones en los libros respectivos. Y por cuanto la misma no es contraria a derecho ni a ninguna disposición contraría de la ley. SE ADMITE, cuanto ha lugar en derecho. Con relación a los testigos se declararan en el momento oportuno, que el solicitante los presente.
El Juez Titular
Dr. ANGEL LEONARDO ANSART.
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA
En igual fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se le dio entrada bajo el Nº 1566-09
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA
SOL. Nº 1566-09
ALA/JPPT/yuri