REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN

Carúpano, 22 de Abril de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-001609
ASUNTO: RP11-P-2005-001609

Definitivamente firme como ha quedado la decisión de fecha 28 de Octubre del 2009, mediante la cual decretó el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de los ciudadanos Aquiles Ramón Suniaga Cedeño, quien es venezolano, Soltero, nacido en fecha: 16-10-76, de 28 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.885.929, hijo de: Elizabeth de Suniaga y Aquiles Suniaga, de profesión u oficio: Obrero, residenciado en Calle Carabobo, casa N° 195, Carúpano Estado Sucre, Gustavo Antonio Bermúdez, venezolano, nacido en fecha 13-06-75, Casado, de 29 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.970.115, hijo de Julio Alvarez y Dianota Bermúdez, de profesión u oficio: Estudiante en el IUT, y Chofer, residenciado en: Calle Cantaura, casa N° 50. Carúpano Estado Sucre, Francisco Rafael García Miranda, venezolano, Casado, nacido en fecha 24-10-61, de 43 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.969.072, hijo de Francisco García y Carmen Miranda , de profesión u oficio: Tornero mecánico, residenciado en: Canchuncchú viejo, Sector CANTV, casa S/N, Carúpano Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Posesión De Sustancias Estupefacientes Y Psicotropicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La Colectividad; por haber operado la extinción de la acción penal por Cumplimiento satisfactorio del régimen impuesto con ocasión a la suspensión condicional del proceso, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 48 ordinal 7° en relación con el artículo 318 ordinal 3° ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA la decisión de fecha 28 de Octubre del 2009, mediante la cual decretó el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de los ciudadanos Aquiles Ramón Suniaga Cedeño, quien es venezolano, Soltero, nacido en fecha: 16-10-76, de 28 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.885.929, hijo de: Elizabeth de Suniaga y Aquiles Suniaga, de profesión u oficio: Obrero, residenciado en Calle Carabobo, casa N° 195, Carúpano Estado Sucre, Gustavo Antonio Bermúdez, venezolano, nacido en fecha 13-06-75, Casado, de 29 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.970.115, hijo de Julio Alvarez y Dianota Bermúdez, de profesión u oficio: Estudiante en el IUT, y Chofer, residenciado en: Calle Cantaura, casa N° 50. Carúpano Estado Sucre, Francisco Rafael García Miranda, venezolano, Casado, nacido en fecha 24-10-61, de 43 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.969.072, hijo de Francisco García y Carmen Miranda , de profesión u oficio: Tornero mecánico, residenciado en: Canchuncchú viejo, Sector CANTV, casa S/N, Carúpano Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Posesión De Sustancias Estupefacientes Y Psicotropicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La Colectividad; todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo todo de conformidad con lo previsto en los artículos 48 ordinal 7° en relación con el artículo 318 ordinal 3° ambos del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia y por cuanto no hay pena, ni medida alguna que ejecutar, definitivamente firme la decisión y concluida como está la causa, se ordena remitir el presente expediente al Archivo Central, a los fines de su guarda y custodia, y posterior remisión al archivo judicial mediante legajo. Cúmplase.
El Juez Segundo De Ejecución.

Abg. Luís Mariano Marsella.
La Secretaria.

Abg. Claudia Teresa Figueroa.