REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Juez Unipersonal N° 9.
Caracas, veintinueve (29) de abril de 2010.
Años: 200 º y 151º
ASUNTO: AP51-S-2010-005571
Revisadas las actas procesales que conforman el presente procedimiento de Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar, presentado por la abogada CELIA VIRGINIA MENDOZA RODRIGUEZ, en su carácter de Fiscal Centésima Quinta (105°) del Área Metropolitana de Caracas, actuando en interés y resguardo de los derechos de la niña (...), hija de los ciudadanos GEORGE LUIS LEZAMA BOADA y GERMANIA ASTRID CAROLINA GUERRERO OLIVARES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nº V-13.263.845 y V-17.054.362, respectivamente, en el cual remiten convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar de fecha 06 de abril de 2010, suscrito por los prenombrados ciudadanos, ante la representación Fiscal antes mencionada, a favor de la niña de autos; y quienes acordaron todo lo relativo a la referida institución familiar; ahora bien, revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, se admite dicha solicitud, por cuanto la misma no es contraría al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley;
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