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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Sala de Juicio Nº 13
 Caracas 08 de abril de 2010
 199º y 151º
 ASUNTO: AP51-S-2010-003967
 
 Vista las anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada por ante este Tribunal por la ciudadana YASMIN YULITH PIÑANGO DE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº V.-13.363.926, debidamente asistida por el abogado AUGUSTO RAFAEL PEREZ FIGUEROA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.978, en representación de su hijo SE OMITE LA IDENTIFICACION, de dos (02) años de edad, hijo del ciudadano JORGE RAFAEL HERNANDEZ GARCIA, quien en vida era titular de la Cédula de Identidad Nº V.-6.396.623, fallecido en fecha (16) de enero de 2010. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano JORGE RAFAEL HERNANDEZ GARCIA, antes identificado, a su hijo SE OMITE LA IDENTIFICACION y a la ciudadana YASMIN YULITH PIÑANGO DE HERNANDEZ,  beneficiarios del de cujus ciudadano JORGE RAFAEL HERNANDEZ GARCIA. Cumplidas las presente actuaciones se ordena librar oficio a la Oficina de Atención al Público (O.A.P) para devolver original con sus resultas a la parte solicitante y copias certificadas. Cúmplase lo ordenado.-
 La Juez
 
 La Secretaria
 
 Abg. Jaizquibell Quintero Aranguren
 
 Abg. Sally Guerrero
 
 
 JQA/SG/jherry
 AP51-S-2010-003967
 
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