REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
Corte Superior Segunda del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Caracas, 29 de Abril de 2010
200º y 151º


INCIDENCIA AZ52-X-2010-000338
RECURSO AP51-R-2010-000766

JUEZ PONENTE:
DR. JOSE ANGEL RODRIGUEZ REYES
MOTIVO: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
SOLICITANTE: MARISELA DEL VALLE HIGUEREY RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad No. V.-11.307.949.
APODERADO JUDICIAL LUIS RAFAEL VIDAL HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 23.182
SOLICITANTE: JARED WIRTH, titular del pasaporte norteamericano Nº 450418103
APODERADOS JUDICIALES RAMON JOSE ESCOVAR ALVARADO y MARITZA MENDEZ ZAMBRANO, inscritos en el inpreabogado bajo los Nos. 97.073 y 123.647, respectivamente
NIÑO: “…cuya identificación se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes…”, de dos (02) años de edad


Revisadas como han sido las actas de la presente incidencia, planteada en la Restitución Internacional signada bajo la nomenclatura AP51-R-2010-000766, en donde los ciudadanos MARISELA DEL VALLE HIGUEREY RODRIGUEZ y JARED WIRTH, plenamente identificados llegaron a un convenimiento en la sede de este Circuito Judicial en fecha 15 de abril del año en curso, en presencia de sus apoderados Judiciales, el representante del Ministerio Público, funcionarios adscritos al Equipo Multidisciplinario y los Jueces integrantes de la Corte Superior Segunda, relacionado con la Obligación de Manutención a favor del niño “…cuya identificación se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes…”, que deberá cumplir el ciudadano JARED WIRTH, titular del pasaporte norteamericano Nº 450418103; en consecuencia, esta CORTE SUPERIOR SEGUNDA DEL CIRCUITO JUDICIAL DE TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda:
PRIMERO: HOMOLOGAR: El convenimiento suscrito por los ciudadanos MARISELA DEL VALLE HIGUEREY RODRIGUEZ y JARED WIRTH, de nacionalidad venezolana la primera de los nombrados y estadounidense el segundo, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y los artículos 75 y 78 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y le imparte su aprobación en todas y cada una de sus partes, en los mismos términos y condiciones expuesta por ellos, el cual quedó establecido de la siguiente manera: “(…) El progenitor se compromete a suministrar la obligación de manutención a favor de su hijo por la cantidad de CUATROCIENTOS DOLARES AMERICANOS (400 $) mensuales lo que equivale a MIL SETECIENTOS VEINTE BOLIVARES EXACTOS (1.720,00) mensuales y dos bonificaciones especiales en los meses de agosto y diciembre que el niño este con la progenitora, por la misma cantidad.
Finalmente el progenitor se compromete a cubrir el 100% de los gastos escolares o de estudio del niño…” (…)”. Expídase por secretaria copias certificadas del acta levantada en fecha 15/04/2010, con inserción del presente auto y entréguese a las partes, a los fines de que surtan los efectos legales consiguientes. Cúmplase.-
Publíquese y regístrese.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de la Corte Superior Segunda del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Caracas, a los veintinueve (29) días del mes de abril del año dos mil diez (2010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
LA JUEZA PRESIDENTA ACCIDENTAL,

DRA. TANYA MARÍA PICÓN GUÉDEZ.
EL JUEZ (PONENTE),

DR. JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ REYES.
LA JUEZA,

DRA. ROSA ISABEL REYES REBOLLEDO.
LA SECRETARIA,

Abg. NINOSKA CAROLINA LAGUADO GONZALEZ





En horas de despacho del día de hoy, se registró, publicó y diarizó la presente decisión siendo las once y cincuenta y seis minutos de la mañana (11:56 a.m).-




LA SECRETARIA,

Abg. NINOSKA CAROLINA LAGUADO GONZALEZ



AZ52-X-2010-000338
Incidencia de Obligación de Manutención