REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 15 de abril de 2010
198º y 151º

Asunto Nº AP41-U-2009-000687.- INTERLOCUTORIA Nº 40.-

Visto el Escrito de Promoción de Pruebas presentado en fecha veintidós (22) de marzo de 2010, por el ciudadano ALVARO GONZÁLEZ RAVELO, titular de la cédula de identidad Nº 4.349.408, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 14.760, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la contribuyente “ASOCIACIÓN CIVIL TERRAZAS DE LA TAHONA”; agregado al expediente mediante auto de fecha siete (07) de abril de 2010, por cuanto dichas pruebas en su contenido no son manifiestamente ilegales ni impertinentes en los términos abajo expuestos, el Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
La evacuación de las pruebas promovidas se realizará de la siguiente manera:

I.- MÉRITO FAVORABLE: Se reproduce el valor probatorio del mérito favorable que se desprende de los autos señalado en el Capítulo I del Escrito de Promoción de Pruebas.
2.- PRUEBAS DOCUMENTALES: Fueron Agregados a los autos los documentos promovidos anexos al Escrito de Promoción de Pruebas e identificados en el Capítulo II del mismo.
El Juez Provisorio,

Abg. Javier Sánchez Aullón.-
El Secretario,

Abg. Félix José España González.-


Asunto Nº AP41-U-2009-000687.-
JSA/ith.-