REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, dieciséis (16) de abril de 2010
Años 199º y 151º
Vista la diligencia suscrita en fecha 14 de abril de 2010, por la abogada Rosa Taricani., inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 21.004, apoderada judicial de la parte demandada mediante la cual se da por notificada de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 24 de marzo de 2010, asimismo solicitó la notificación de la referida sentencia a la parte actora, en consecuencia, se ordena notificar al ciudadano Raúl Carmelo Parra Serva o en la personas de sus apoderados judiciales, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta. De igual manera solicitó copia certificada de la referida sentencia. En consecuencia ordena, expedir por secretaría las copias certificadas con inserción de la diligencia que las solicita y del presente auto; Elabórense las copias por el procedimiento de fotostato, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ,
Dr. VICTOR GONZALEZ JAIMES.
EL SECRETARIO
RICHARS MATA
VGJ/RM/Kl
Exp: 9941
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 16 DE ABRIL DE 2010
Años 199° Y 151°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
Al ciudadano Raúl Carmelo Parra Serva, o a su apoderado judicial abogado Doriam Ríos Acevedo, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 19.146; parte actora en el juicio que por Retracto Legal, sigue en contra de los ciudadanos Gisella Femminella de de Stefano y Ronald Benjamín Finlay Callejo, sustanciado en el expediente signado con el número 9941, nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 24 de marzo de 2010.-
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
EL JUEZ,
Dr. VICTOR GONZALEZ JAIMES
VGJ/RM/kl.
Exp. 9941