REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Veintinueve (29) de abril de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: AP31-F-2010-000849
Vista la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES presentada por los ciudadanos CARLOS ALBERTO SCABUZZO Y STELLA MARIS FOCO DE SCABUZZO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, portadores de las cédulas de identidad Nros. V-12.953.945 y V-14.035.353 respectivamente, asistidos por la abogada FRANCCY BUENAÑO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 70.046, este Tribunal en atención a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39152 de fecha 02 de Abril de 2009, de conformidad con lo previsto en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, la admite cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos CARLOS ALBERTO SCABUZZO Y STELLA MARIS FOCO DE SCABUZZO, antes identificados, en los términos y condiciones por ellos establecidos, en el escrito de fecha 09/03/2010, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ
NELSON GUTIERREZ COR
LA SECRETARIA,
ERICA CENTANNI
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