REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, a los 27 días del mes de Abril del año dos mil diez (2.010).
Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.

Promovidos y evacuados como han sido las declaraciones de testigos, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho declara a favor de la ciudadana CARMEN DEMETRIA LOPEZ DE BOLIVAR venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 4.393.269, ÚNICO y UNIVERSAL HEREDERA DE LA DE CUJUS KARINA DEL VALLE LOPEZ, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nº V-12.402.585. Expídanse por Secretaría copias certificadas de la presente solicitud y devuélvanse las presentes actuaciones en original junto con las copias certificadas a los solicitantes a los fines de ley. CÚMPLASE.