REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR NOVENO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SUPERIOR NOVENO DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL
CON SEDE EN CARACAS
Años 200° y 151°
DISPOSITIVO DEL FALLO
Cumplidos los trámites procedimentales establecidos en la Ley del Estatuto de la Función Pública, y siendo la oportunidad legal para dictar el dispositivo del fallo en la presente causa, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con Sede en Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve:
Primero: Declarar INADMISIBLE POR CADUCIDAD el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL, interpuesto por la ciudadana BELKIS MORALES RUIZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.520.495, contra del ALCALDIA DEL MUNCIPIO SUCRE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, que se interpuso en fecha 09 de Febrero del 2009, por ante el Juzgado Superior (Distribuidor) Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, recibido en este Tribunal en fecha 06 de Junio del 2008, quedando signado con el Nº 2009-948.-
Segundo: Dictar la sentencia escrita, dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes de conformidad con lo establecido en el artículo 108 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, una vez vencido el lapso de (5) días de despachos establecidos en el articulo 107 de la Ley del Estatuto de la Función Publica, tal como lo establece el auto de fecha 22/04/2010 que corre inserto en el presente expediente.-
Así se decide.
Regístrese, dialícese y déjese copia certificada.
En la ciudad de Caracas, a los (28) días del mes de Abril del año dos mil diez (2010). Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
La Juez Superior Titular,
Dra. Margarita García Salazar
La Secretaria,
Abog. Anny Sofía Garrido.
MGS/ASG/Gaby
Exp 2009-948