REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR NOVENO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR NOVENO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA REGIÓN CAPITAL CON SEDE EN CARACAS
Caracas, 05 de Abril de 2010
199° y 151°
Siendo las diez (10:00 a.m.) del día de hoy, fecha y hora fijada por este Tribunal para que tenga lugar la AUDIENCIA DEFINITIVA, a tenor de lo previsto en el artículo 107 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, se anunció a las puertas del Tribunal, cumpliendo así con los extremos de Ley, con el objeto que las partes ventilen lo relativo al fondo en el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial incoado por el ciudadano Carlos Euclide Colmenares Palacios, titular de la Cédula de Identidad N° V – 6.902.853 debidamente asistido del Abogado Manuel de Jesús Domínguez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el N° 41.605 en contra del Instituto Autónomo de Seguridad Ciudadana Y Transporte (INSETRA); se deja expresa constancia de la incomparecencia de ambas partes al citado acto, bien por si mismos, o bien por intermedio de sus apoderados judiciales, motivo por el cual la ciudadana Juez declara DESIERTO el Acto. En este estado, el Tribunal en virtud de la complejidad del asunto y visto que no se evidencia en autos que se haya consignado el Expediente administrativo de la presente causa, esta Juzgadora dicta mediante auto separado mejor proveer a tenor de lo previsto en los artículos 514 y 15 del texto adjetivo civil, y se reserva para sí el lapso de dictar sentencia, conforme a lo establecido en el artículo 107 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, lapso que comenzará a computarse una vez conste en autos las notificaciones ordenadas en el auto ut supra indicado, una vez vencido el lapso fijado para que se de cumplimiento al auto para mejor proveer. Es todo Termino se leyó y firman.
La Jueza Superior Titular,
Dra. Margarita García Salazar.-
La Secretaria,
Abogada Anny Sofía Garrido.
Expediente N° 2009-925
MGR/opacmanu