REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio Sección Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, 6 de abril de 2010
199º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-D-2008-000472
De conformidad con lo establecido en el artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal, corresponde a este Tribunal fundamentar la decisión de fecha 06-06-2010, en el cual se interrumpió el Juicio Oral y Privado, en la causa que se le sigue al joven IDENTIDAD OMITIDA, por los delitos de Robo Agravado de Vehículo Automotor, Privación Ilegítima de Libertad y Extorsión, previstos en los artículos 5, 6, numerales 1, 2 y 3 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos, 174 y 459 del Código Penal

En fecha 17-04-2008, el Tribunal en funciones de Control No 1, del Circuito Judicial Penal del Estado, Sección Adolescentes, en audiencia para establecer las circunstancias de la aprehensión del joven IDENTIDAD OMITIDA, declaró con lugar la aprehensión en flagrancia y la aplicación del procedimiento abreviado en la causa seguida por los delitos de Robo Agravado de Vehículo Automotor, Privación Ilegítima de Libertad y Extorsión, previstos en los artículos 5, 6, numerales 1, 2 y 3 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos, 174 y 459 del Código Penal
Robo Agravado de Vehículo Automotor, Privación Ilegítima de Libertad y Extorsión, previstos en los artículos 5, 6, numerales 1, 2 y 3 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos, 174 y 459 del Código Penal. Recibido el presente asunto en fecha 02-05-2008, el Tribunal culmina constituyéndose en Tribunal Mixto en fecha 28-01-2009 y aperturándose en definitiva el presente Juicio Oral y Privado en fecha 21-01-2010, donde se escuchó la exposición de la Fiscala del Ministerio Público y la Defensa y el joven se acogió al precepto constitucional, y no habiendo órganos de prueba se fijó la continuación del Juicio el día 02-02-2010, en el cual se incorporó por su lectura la experticia de reconocimiento técnico signada bajo el número 9700-056-TEC-0379-08 fecha 16-04-2008, realizada por el experto Moisés Porras, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, fijándose audiencia para el día 12-02-2010, en el cual se escuchó al experto Danny Manuel Vásquez, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, fijándose juicio para el día 01-03-2010, en el cual no se celebró la defensa privada abogada Laura Adams, fijándose juicio para el día 02-03-2010, en el cual se escucharon a los expertos Rogelio Yépez y Luís Molina adscritos al CICPC, fijándose audiencia el 12-03-2010 la cual no se realizó por no comparecer la defensa privada Laura Adams debido a su estado de gravidez, fijándose la audiencia para el día 16-03-2010 en la cual se escuchó al experto Víctor Colmenarez, fijándose audiencia para el día 22-03-2010, en el cual se escuchó al funcionario del CICPC, Carlos Ramírez, fijándose audiencia para el día 25-03-2010, no celebrándose por no comparecer la victima Yonny Salyn Pérez, fijándose audiencia para el 29-03-2010, el cual fue declarado día feriado.

Ahora bien, en virtud de estar próxima la rotación anual de los jueces en esta sección penal, a partir del 07-04-2010, circunstancia que impide escuchar a la victima del hecho la cual su presencia es esencial en esta causa este Tribunal declara interrumpido el presente juicio.
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Decisión

Por todo lo antes expuesto este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal, se declara interrumpido el juicio que se sigue contra el joven IDENTIDAD OMITIDA, por los delitos de Robo Agravado de Vehículo Automotor, Privación Ilegítima de Libertad y Extorsión, previstos en los artículos 5, 6, numerales 1, 2 y 3 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos, 174 y 459 del Código Penal



El Juez de Juicio


Abog Gerardo Pastor El Secretario