REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de abril de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: KP02-S-2008-011347

Visto el DESISTIMIENTO, presentado por los ciudadanos LILIAN VICTORIA GARCÍA PÉREZ y ALDO JOSE LAPORTA, parte actora en el presente juicio, en el presente juicio por CONSTITUCION DE HOGAR. El Tribunal le imparte su homologación. Téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio. Devuélvanse los documentos originales dejando en su defecto copias certificadas de los mismos. Expídase copia certificada del presente auto. Archívese el expediente en su oportunidad.

El Juez., La Secretaria Acc.,

Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Angelica Mendigaña.

Seguidamente se certificó una copia del presente auto.

HRPB/AM/jysp.