Se inicia la presente causa, mediante escrito presentado por la ciudadana: ELIDA MELENDEZ DE CONDE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.862.372, asistida por la abogada MIRIAN ANY BARRIOS BERMUDEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 127.511, en el cual solicita la rectificación de su partida de nacimiento, inserta en los libros llevados por ante el Registro Principal y la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, inserta bajo el N° 793, folio 201 vto, de fecha 30 de Octubre del año 1.949, toda vez que en ella se incurrió en error en el nombre de la madre de la solicitante como MARGARITA DE MELENDEZ, siendo lo correcto MARGARITA MELENDEZ DE MELENDEZ, a tal efecto acompaña a la solicitud fotocopia de la cédula de identidad de la madre, copia certificada de su partida de nacimiento, sus datos filiatorios y acta de defunción. Admitida la solicitud, se acordó la notificación del Fiscal del Ministerio Público. Cumplidos los requisitos de Ley, para decidir el Tribunal observa:
U N I C O: Con vista de los documentos públicos acompañados, a los cuales el Tribunal confiere pleno valor probatorio, a tenor de lo previsto en los artículos 1359 y 1360 del Código Civil Venezolano vigente; y en base a las actas consignadas, se evidencia plenamente el error en el nombre de la solicitante llevado por ante el Registro Principal y la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, como MARGARITA DE