REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco
De la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Sanare, 21 de Abril del 2.010
Años: 200° y 151°
PARTES: JOSE AGUSTIN MENDOZA contra CAMILA DEL CARMEN MENDOZA
BENEFICIARIA: SORELYS DEL CARMEN MENDOZA MENDOZA
MOTIVO: EXTINCION DEL OFRECIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION.
Previa revisión exhaustiva del presente expediente y por cuanto se desprende de la partida de nacimiento N° 683, folio 045 fte, de los libros de Registro Civil de Nacimientos llevados en la Prefectura del Municipio Andrés Eloy Blanco; respectivamente, de la beneficiaria en la presente causa, ciudadana: SORELYS DEL CARMEN MENDOZA; que la misma ya alcanzo la mayoría de edad, por cuanto nació el: 23 de Agosto de 1989; y no constando en autos la interposición de alguna de las excepciones establecidas en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; este Juzgado del Municipio Andrés Eloy de la Circunscripción Judicial del Estado Lara Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con el articulo 383, ordinal b. de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA EXTINGUIDA, la obligación de manutención por parte del ciudadano: JOSE AGUSTIN MENOZA GALINDEZ, en beneficio de su hija: SORELYS DEL CARMEN MENDOZA. El Tribunal ordena la cancelación de la cuenta de ahorro N° 011-402465-5, aperturada en Central Banco Universal ahora Banco Bicentenario, así mismo se acuerda remitir el presente expediente al archivo Judicial. Cúmplase.-
El Juez Provisorio
Abog. Ender Rojas
La Secretaria del Juzgado
Abog. Caribay Goyo Lucena
Seguidamente se cumplió lo ordenado. Conste.-
La Secretaria
Abog. Caribay Goyo L.
EXP N° 811/01
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