República Bolivariana de Venezuela

Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

En horas de despacho del día de hoy Quince (15) de Abril del año Dos Mil Diez (2010), siendo las 10:05 a.m., se Traslada y Constituye el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular abogada Lucia D’Angelo y la Secretaria Yasmila Faria, en la sede de un mueble constituido por Un galpón que mide QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (545 mts2) que consta de dos (2) oficinas y de dos (2) baños, ubicado en el sector Flor Amarillo en la
Calle Constitución, N° 8-1, PRIMERO: Una parcela de terreno y las bienhechurías que se encuentran en ellas construidas, picada en el caserío FLOR AMARILLO antiguo Municipio San Blas (hoy Municipio Urdaneta) Distrito Valencia Estado Carabobo, que mide Siete Metros (7.00 M) de frente por Cuarenta Metros (40,00 Mts) de fondo. SEGUNDO: Una parcela de terreno y las bienhechurías que sobre dicha parcela se encuentra construidas situadas en jurisdicción del Caserío FLOR AMARILLO antiguo Municipio San Blas (Hoy Municipio Urdaneta) Distrito Valencia del estado Carabobo. Que mide siete metro (7, 00 Mtrs) de frente por cuarenta metros (40,00 Mtrs) de fondo y cuyos linderos constan en el despacho de comisión; en compañía de la abogada: ANA MARIA FONSECA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 121.529, apoderada judicial de la parte actora ciudadanos: ALIDA MARGARITA COLINA DE FONSECA, titular de la cedula de identidad N° V-4.749.745, ANA MARIA FONSECA COLINA, titular de la cedula de identidad N° V-15.281.113. ANDREINA MARIA FONSECA COLINA, titular de la cedula de identidad N° V- 16.298.040, Y LUIS EMIRO FONSECA COLINA, titular de la cedula de identidad N° V- 20.379.061, quienes igualmente se encuentran presentes, a fin de dar fiel y estricto cumplimiento al despacho de comisión emanado del Juzgado Primero de los Municipios del Estado Carabobo, en el cual ordeno medidas de secuestro, por Cumplimiento de Contrato, intentado por la parte actora ya identificada contra La Sociedad Mercantil ALTHAVEN, C.A., en la persona de su Director Gerente JOSE LUIS MEDINA MOSTOS, peruano, titular de la cedula de identidad E-82.921.781, y como fiadora la ciudadana: JAMMEL THATIANA LLANOS RIOS, titular de la cedula de identidad E-82.291.780. A continuación interviene la apoderada actora y expone: “Solicito al Tribunal cumpla con el despacho de comisión, así mismo solicito se designe, de ser necesario, a la Depositaria Judicial Carabobo y Perito Avaluador”. Seguidamente el Tribunal notifica de la misión a cumplir al ciudadano: ANTONIO NILO AGREDA DE LA CRUZ, titular de la cedula de identidad nro. E-84.413.099, quien manifiesta ser Encargado de producción y solicita un lapso de 30 minutos para comunicarse con un abogado y con los representantes de la empresa. Igualmente se notifica de la misión a cumplir a la ciudadana: ANAIS LORENA PIÑA SUAREZ, titular de la cedula de identidad N° V -19.150.030, quien manifiesta ser secretaria en el galpón donde se encuentra constituido este juzgado. El Tribunal concede el plazo solicitado. En este estado siendo 11: 00 A.M. no hace acto de presencia persona alguna y se procede a nombrar, a petición de la abogada actora, a la Depositaria Judicial Carabobo a fin de realizar deposito necesario, representada por la ciudadana ADRIANA TERESITA MARQUEZ, titular de la cedula de identidad nro. V- 7.012.830 y como perito avaluador al ciudadano: JUAN PEDRO COLMENAREZ, titular de la cedula de identidad N°V-10.643.606, quienes estando presentes exponen:” Aceptamos el cargo y juramos cumplir bien y fielmente con los deberes inherentes al mismo.” A continuación el notificado se comunica en varias oportunidades con los representantes de la empresa. El Tribunal deja constancia que hace acto de presencia personal especializado a fin de realizar el desmontaje de la maquinaría existente en el galpón, quienes se identifican a continuación: MAUNER ENRIQUE, titular de la cedula de identidad N° V -11.812.156, Técnico Mecánico, JOSE CAMPECHANO OTAIZA ,titular de la cedula de identidad N° V- 11.814.656, T.S.U Mecánica, Ricardo Torrealba Cárdenas, titular de la cedula de identidad N° V- 17.030.576, JOSE MELENDEZ PINEDA, titular de la cedula de identidad N° V 18.360.195, T.S.U, MECANICA, CESAR ALEJANDRO SIVIRA PAEZ, titular de la cedula de identidad N° V 13.195.636, Montacarguista, CARLOS PIÑA MACHADO titular de la cedula de identidad N° V -17.316.551, T.S.U, MECANICA, ANDRES AVELIO ARCILA RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 16.217.820, T.S.U. electricista, DEYBIS SAUL RIVERA IZAGUIRRE, titular de la cedula de identidad N° V -15.979.843, T.S.U. especialista en Potencia, a solicitud y a cuenta de la abogada actora, quienes se encargaran de la desincorporación y desmonte de toda las maquinarias anteriormente referidas, existentes en el galpón, supervisado por el ciudadano Antonio Nilo Agreda de la Cruz. A continuación se deja constancia que el ciudadano: ANTONIO NILO AGREDA DE LA CRUZ, antes identificado, se encarga en este acto de trasladar bajo su cuenta y riesgo los muebles existentes en las oficinas la materia prima (polietileto) y el producto terminado (bolsas), los cuales serán trasladados hasta un galpón ubicado en la Octava transversal zona norte, a dos galpones de talleres Carabobo detrás del IANTT, diagonal al Core 2, Parroquia Rafael Urdaneta, Municipio Valencia del Estado Carabobo. El Tribunal siendo las Doce (12.00M), acuerda habilitar todo el tiempo que sea necesario para continuar la práctica de presente medida. Seguidamente Este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Secuestrado el inmueble objeto de juicio y de conformidad con lo ordenado en el despacho de comisión se entrega a la abogada actora ANA MARIA FONSECA, ya identificada, apoderada judicial de la parte actora y a los ciudadanos: ALIDA MARGARITA COLINA DE FONSECA, ANA MARIA FONSECA COLINA, ANDREINA MARIA FONSECA COLINA Y LUIS EMIRO FONSECA COLINA, parte actora quienes exponen: “Recibimos el inmueble en el estado en que se encuentra, hacemos constar que el mismo esta insolvente con los servicios públicos tales como electricidad y servicio de agua. Asimismo dejamos constancia que en el inmueble se encuentra parte de una maquinaria que no se ha terminado de desmontar; por lo que en este acto nos comprometemos a permitir el acceso el día viernes 16 (Dieciseis) del presente mes y año a fin de que los representantes de la demandada retiren la referida maquinaria, por su cuenta y riesgo.” El Tribunal acuerda remitir las actuaciones al comitente. Este Juzgado deja constancia que en la práctica del presente procedimiento, se respetaron los derechos constitucionales de todos los intervinientes en la misma y no se presentaron hechos de violencia. Asimismo se hace constar que el Tribunal cuenta con custodia policial de dos funcionarios al mando de la Cabo primero CARMEN ESQUEDA, placa: 2422. Igualmente se deja constancia que esta acta fue levantada en una computadora LAPTO, LENOVO CORE T2330, serial N° L3-BD979 y se utilizo una IMPRESORA HP (C8151A) PORTATIL, serial N° S/SMY7BD5Z1VF. El tribunal considera cumplida su misión, se restituye a su sede, siendo las 2:45 P.M., da por concluido el acto, es todo, termino, se leyó y conformes firman.

LA JUEZ TITULAR

(Firma Ilegible)
Abog. LUCIA D’ANGELO G. LA APODERADA ACTORA
(Firma Ilegible)
Parte Demandante
(Firmas Ilegibles)



LOS NOTIFICADOS
(Firma Ilegible)


Representante de la depositaria judicial Carabobo

(Firma Ilegible)

Perito Avaluador
(Firma Ilegible)


Personal Especializado
(Firmas Ilegibles)










Funcionario Policial
Cabo Primero CARMEN ESQUEDA Placa N° 2422
(Firma Ilegible)



LA SECRETARIA
(Firma Ilegible)



Comisión N° 3511.10 Expediente N° 16784