República Bolivariana de Venezuela

Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

En horas de despacho del día de hoy Treinta ( 30 ) de Abril del año Dos Mil Diez (2010), siendo las 10:30 a.m., se Traslada y Constituye el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular abogada Lucia D’Angelo y su Secretaria Yasmila Faria, en la sede donde funciona la entidad bancaria Banco Occidental de Descuento, agencia La Candelaria, ubicada en la Avenida Lisandro Alvarado, cruce con Padre Bergereti, Centro Comercial Torinoco, del Municipio Valencia del Estado Carabobo, en compañía del Abogado: ORLANDO JOSE MARQUINA inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.395, apoderado Judicial de la parte actora ciudadano: GIORGIO SERGIO IOZZIA, a fin de continuar con la ejecución del mandamiento de ejecución, emanado del Juzgado Cuarto de los Municipios del Estado Carabobo, en el cual ordeno entrega material y embargo ejecutivo, con motivo del juicio por Desalojo, seguido por la parte actora ya identificada contra el ciudadano: DARWIN CODINO CHIRINOS. A continuación interviene el apoderado actor y expone: “Señalo al tribunal para que sean embargadas ejecutivamente las cantidades adeudadas indicadas en el mandamiento de ejecución en la cuenta corriente N° 01160023940008640394, cuyo titular es el ciudadano: DARWIN CODINO CHIRINOS”. A continuación el tribunal notifica de la misión a cumplir al gerente: ELIEZER PASTOR ZAMBRANO GOMEZ, titular de la cedula de identidad N° V 7.017.598, quien informa al tribunal sobre la disponibilidad de la cuenta señalada. Acto seguido el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara embargada ejecutivamente la siguiente cantidad (Bs. 1.860,64), en la cuenta corriente numero 01160023940008640394; del ciudadano:

DARWIN CODINO CHIRINOS, titular de la cedula de identidad N° 13.450.991. Seguidamente el Tribunal solicita al notificado expida cheque de gerencia por la cantidad embargada. Se deja constancia que fue expedido cheque de gerencia por la cantidad embargada ejecutivamente a nombre de la parte actora GIORGIO SERGIO IOZZIA. A continuación interviene el apoderado actor y expone: ” Recibo en este acto el cheque de gerencia N° 03818274.” Se deja constancia que hace acto de presencia el ciudadano: DARWIN CODINO CHIRINOS, titular de la cedula de identidad N° 13.450.991, demandado de autos quien expone: “ A fin de dar por terminada la presente ejecución pago en este acto la cantidad de MIL BOLIVARES (Bs 1000,oo) en dinero efectivo.“ Seguidamente el apoderado judicial de la parte actora expone: Recibo la cantidad de MIL BOLIVARES (Bs. 1000,oo) en efectivo, solicito al Tribunal se abstenga de practicar la medida de embargo ejecutivo y declaro que el demandado nada me adeuda por este ni por ningún otro concepto es todo.” Asimismo se hace constar que el Tribunal cuenta con custodia policial de dos funcionarios al mando de la Cabo primero CARMEN ESQUEDA, placa: 2422. Igualmente se deja constancia que la presente acta fue levantada en una computadora LAPTO, LENOVO CORE T2330, serial N° L3-BD979 y se utilizo una IMPRESORA HP (C8151A) PORTATIL, serial N° S/SMY7BD5Z1VF. Seguidamente el Tribunal considera cumplida su misión, acuerda remitir las actuaciones al comitente da por concluido el acto y se restituye a su sede siendo las 12:00 M. Es todo. Termino, se leyó y conformen firman
La Juez Titular,
(Firma Ilegible)

Abog. Lucia D’Angelo Guarnieri.
El apoderado actor
(Firma Ilegible)
El Gerente Notificado
(Firma Ilegible)
Parte Demandada
(Firma Ilegible)
La secretaria
(Firma Ilegible)