REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 13 de Abril del 2010
199º y 150º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2010-000035
PARTE ACTORA: JONATHAN LARA .
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACUDIÓ
PARTE DEMANDADA INVERSIONES DEGIMSA C.A..
APODERADO JUDICIAL PARTE DEMANDADA: PEDRO MARTIN
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
En el día de hoy, 13 de abril de 2010, siendo las 11: 00 . A. M.. día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en prolongación, este Juzgado deja constancia de INCOMPARECENCIA del accionante de autos, como lo es JONATHAN LARA titular de las cédula de identidad No.14.303.751 por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno, y siendo la Parte Actora la que impulsa el presente proceso, es por lo que de conformidad con el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada en la persona de su apoderado judicial Abogado PEDRO MARTIN debidamente inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el No. 52.460. Se hace entrega de las Pruebas consignadas por la parte demandada.
La Juez
Abg. GLADYS MIJARES LUY
El Secretario
. Abg. DAYANA TOVAR
Apoderado Judicial de la Parte Demandada
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