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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 SALA QUINTA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL
 CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL
 ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
 
 Caracas, 17 de Agosto de 2010
 200º y 151º
 Nº 287-10
 CAUSA Nº S5-10-2750
 PONENTE: DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA
 
 Vista la inhibición planteada por la ciudadana DRA. JENNY RAMÍREZ TERÁN, en su condición de Juez Provisoria Segunda de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la causa seguida en contra de los ciudadanos LUIS ALBERTO BLANCO GONZÁLEZ, OTTO ALBERTO BLANCO GONZÁLEZ, ALEJANDRO JESÚS BLANCO GONZÁLEZ, CARLOS LUIS VELÁSQUEZ y LUIGI ALBERTO VELÁSQUEZ, mediante la cual promueve como medios probatorios copias debidamente certificadas del Acta de la Audiencia Preliminar, de fecha 27/07/2010 emanada del Juzgado 33º de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, juramentación efectuada a la Jueza Inhibida como Fiscal Auxiliar Quincuagésima Segunda del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, cursantes a los folios 03 al 26 del presente expediente; es por lo que este Despacho Judicial ADMITE las pruebas ofrecidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerarlas útiles, necesarias y pertinentes para dilucidar la incidencia procesal planteada, y por cuanto las mismas están constituidas por documentales, se le darán el valor correspondiente al momento de emitir el fallo a que hubiere lugar sobre dicha incidencia. Y ASÍ SE DECLARA.
 
 DISPOSITIVA
 
 En virtud de lo anteriormente expuesto, es por lo que esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento: ADMITE las pruebas ofrecidas por la ciudadana DRA. JENNY RAMÍREZ TERÁN, en su condición de Juez Provisoria Segunda de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la causa seguida en contra de los ciudadanos LUIS ALBERTO BLANCO GONZÁLEZ, OTTO ALBERTO BLANCO GONZÁLEZ, ALEJANDRO JESÚS BLANCO GONZÁLEZ, CARLOS LUIS VELÁSQUEZ y LUIGI ALBERTO VELÁSQUEZ, consistente en las copias debidamente certificadas del Acta de la Audiencia Preliminar, de fecha 27/07/2010 emanada del Juzgado 33º de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, juramentación efectuada a la Jueza Inhibida como Fiscal Auxiliar Quincuagésima Segunda del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, cursantes a los folios 03 al 26 del presente expediente, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerarlas útiles, necesarias y pertinentes para dilucidar la incidencia procesal planteada, y por cuanto las mismas están constituidas por documentales, se le darán el valor correspondiente al momento de emitir el fallo a que hubiere lugar sobre dicha incidencia.
 
 Regístrese, publíquese y diarícese.
 
 EL JUEZ PRESIDENTE
 (PONENTE)
 
 
 DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA
 
 LA JUEZ INTEGRANTE 		             LA JUEZ INTEGRANTE
 
 
 
 
 DRA. MORAIMA CAROLINA VARGAS J.      DRA. CARMEN MIREYA TELLECHEA
 
 LA SECRETARIA
 
 
 
 ABG. TERESA FORTINO
 
 En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
 
 LA SECRETARIA
 
 
 
 
 ABG. TERESA FORTINO
 
 
 
 
 
 CAUSA N° S5-10-2750
 JOG/MCVJ/CMT/TF/Mariana.
 
 
 
 
 
 
 
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