REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA QUINTA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 17 de Agosto de 2010
200º y 151º
Nº 287-10
CAUSA Nº S5-10-2750
PONENTE: DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA

Vista la inhibición planteada por la ciudadana DRA. JENNY RAMÍREZ TERÁN, en su condición de Juez Provisoria Segunda de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la causa seguida en contra de los ciudadanos LUIS ALBERTO BLANCO GONZÁLEZ, OTTO ALBERTO BLANCO GONZÁLEZ, ALEJANDRO JESÚS BLANCO GONZÁLEZ, CARLOS LUIS VELÁSQUEZ y LUIGI ALBERTO VELÁSQUEZ, mediante la cual promueve como medios probatorios copias debidamente certificadas del Acta de la Audiencia Preliminar, de fecha 27/07/2010 emanada del Juzgado 33º de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, juramentación efectuada a la Jueza Inhibida como Fiscal Auxiliar Quincuagésima Segunda del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, cursantes a los folios 03 al 26 del presente expediente; es por lo que este Despacho Judicial ADMITE las pruebas ofrecidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerarlas útiles, necesarias y pertinentes para dilucidar la incidencia procesal planteada, y por cuanto las mismas están constituidas por documentales, se le darán el valor correspondiente al momento de emitir el fallo a que hubiere lugar sobre dicha incidencia. Y ASÍ SE DECLARA.

DISPOSITIVA

En virtud de lo anteriormente expuesto, es por lo que esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento: ADMITE las pruebas ofrecidas por la ciudadana DRA. JENNY RAMÍREZ TERÁN, en su condición de Juez Provisoria Segunda de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la causa seguida en contra de los ciudadanos LUIS ALBERTO BLANCO GONZÁLEZ, OTTO ALBERTO BLANCO GONZÁLEZ, ALEJANDRO JESÚS BLANCO GONZÁLEZ, CARLOS LUIS VELÁSQUEZ y LUIGI ALBERTO VELÁSQUEZ, consistente en las copias debidamente certificadas del Acta de la Audiencia Preliminar, de fecha 27/07/2010 emanada del Juzgado 33º de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, juramentación efectuada a la Jueza Inhibida como Fiscal Auxiliar Quincuagésima Segunda del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, cursantes a los folios 03 al 26 del presente expediente, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerarlas útiles, necesarias y pertinentes para dilucidar la incidencia procesal planteada, y por cuanto las mismas están constituidas por documentales, se le darán el valor correspondiente al momento de emitir el fallo a que hubiere lugar sobre dicha incidencia.

Regístrese, publíquese y diarícese.

EL JUEZ PRESIDENTE
(PONENTE)


DR. JESÚS ORANGEL GARCÍA

LA JUEZ INTEGRANTE LA JUEZ INTEGRANTE




DRA. MORAIMA CAROLINA VARGAS J. DRA. CARMEN MIREYA TELLECHEA

LA SECRETARIA



ABG. TERESA FORTINO

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA




ABG. TERESA FORTINO





CAUSA N° S5-10-2750
JOG/MCVJ/CMT/TF/Mariana.