JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 10 de agosto de 2010
200º y 151º


Vistas las diligencias de fecha trece (13) de mayo y nueve (09) de agosto de 2010, suscritas por la abogada Ingrid Sánchez, actuando en su carácter representante judicial de la República Bolivariana de Venezuela, en las cuales apela del auto dictado por este Juzgado de Sustanciación el diez (10) de mayo de 2010, que admitió las pruebas promovidas por el abogado Enrique Mendoza Santos, actuando en su condición de apoderado judicial de la ciudadana Luz Marina Miranda, este Tribunal oye dicha apelación en un solo efecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 402 del Código Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente conforme a lo previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
A los fines de la tramitación del recurso de apelación, se ordena la elaboración de un cuaderno separado con copias cerificadas del libelo y de las actuaciones cursantes a los folios doscientos cuarenta y cinco (245) al doscientos cincuenta y dos (252), doscientos cincuenta y cuatro (254) al doscientos sesenta y cuatro (264), doscientos sesenta y nueve (269) al doscientos setenta y dos (272), doscientos setenta y cuatro (274) al doscientos setenta y ocho (278), doscientos noventa (290), y del presente auto, así como de las actuaciones que consideren necesarias las partes, el cual una vez elaborado deberá ser remitido a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, a los fines de que dicte la decisión a que haya lugar.
La Juez de Sustanciación,


Belén Serpa Blandín
El Secretario,


Jhotemberg Blanco Matheus


BSB/JBM/jab/rab
Exp. N° AP42-G-2009-000095