| 
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
 Nacional de Adopción Internacional
 Tribunal  Noveno (9°) de Primera Instancia de Mediación,
 Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de
 Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
 Caracas, 11 de Agosto de 2010
 200º y 151º
 
 ASUNTO: AP51-S-2010-012007
 Vista la Solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana YURAIDA YTZAMAR GONZALEZ ZAMBRANO,  venezolana, mayor de edad, de este domicilio,  titular de la cédula de identidad Nº V-14.897.679, asistida de abogado y actuando como madre y representante legal de la niña (…),  de siete (7) años de edad y cumplidas como fueron las formalidades de Ley; este Juzgado a cargo de la Juez del Tribunal  Noveno (9°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, declara las presentes actuaciones Título de Únicos y Universales Herederos del De Cujus FRANKLIN JULIO  CEREZO GRATEROL, quién en vida fuera titular de la cédula de identidad Nro. V.-14.897.437, a su hija (…). Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que fueren necesarias, una vez la parte solicitante consigne los fotostatos correspondientes. Cúmplase.-
 LA JUEZ,
 LA SECRETARIA,
 Abg. DANIA RAMIEZ CONTRERAS
 Abg. SALLY GUERRERO
 
 
 DRC/SG/MB**
 
 
 |