REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
200º Y 151º

ASUNTO: KP02-A-2010-000030

ACTA DE AUDIENCIA CONCILIATORIA

En horas de despacho del día de hoy, martes tres (03) de agosto del año dos mil diez (2010), siendo las diez (9: 30 am) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar AUDIENCIA CONCILIATORIA prevista en el artículo 164 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en el asunto KP02-A-2010-000030 relativo a INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS, interpuesta por el ciudadano JOSE RAFAEL ESCALONA MONSALVE contra ALEXIS GARCIA. Se deja constancia que se anunció el acto en las puertas del Tribunal y se hicieron presentes los Defensores Especiales Agrario, abogados HILDEMAR TORRES GARCIA y ORLANDO DOMINGUEZ MORO, Defensores de la parte actora y de la parte demandada respectivamente. El Juez declara abierto el acto e insto a las partes a la conciliación, manifestando razones de conveniencia para ellos y le concedió a las partes el derecho de palabra. Seguidamente las partes procedieron a exponer sus razones para llegar a un acuerdo y a tal efecto manifestaron en la audiencia la necesidad de sustituir las plantas de aguacate dañadas por plantas de limón en un número de cincuenta (50), que el demandado se compromete en poner en manos del demandante en su lote de terreno el día viernes trece (13) de agosto para que este proceda con la siembra y asistencia del rubro, que en su decir le fue orientado por el INIA. Ambas partes solicitan al Tribunal la HOMOLOGACIÔN del presente acuerdo. En tal sentido luego de los argumentos expuestos por ambas partes, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 256 del Código de Procedimiento Civil y 205 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario HOMOLOGA la transacción celebrada entre las partes en los términos expuestos, razón por la cual se declara terminado el procedimiento y no se ordena la remisión del expediente al archivo judicial hasta tanto conste en autos el cumplimiento del mismo. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-

El Juez,

La Secretaria Suplente,

Abg. Elías Heneche Tovar.

Abg. Ana Elena Cordido Parra.



Defensor Especial Agrario de la parte actora.





Defensor Especial Agrario de la parte demandada.






Parte Actora Parte Demandada


EHT/AECP.-