REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA
En fecha 02 de Agosto de 2010, se trasladó el Tribunal a la siguiente dirección: Urb. de Este, prolongación de la carrera 21, Edificio Coral Plaza, piso 01, Apto. 1-3, en compañía del apoderado actor, Edgar Lázaro Nuñez, IPSA 12423, una Comisión de la Guardia Nacional, el Perito y Depositario. Fuimos atendidos por la ciudadana Marilena Santomo de Miraldi, y su esposo, Carlos Miraldi, quienes fueron impuestos de la misión del Tribunal, informnado que son los propietarios del inmueble, y que alli no reside la demandada. La actora solicita el embargo de los bienes muebles ubicados en el inmueble ya que la letra de cambio se encuentra alli domiciliada. El Tribunal oída a las partes, y visto el documento de propiedad consignado, presume que los bienes muebles son propiedad de los dueños del inmueble según lo prevé el Código Civil Venezolano, y concluye que tales bienes no son de la demandada. El Tribunal da por concluida su misión y regresa a su sede a las 11: 00 am