En horas de despacho del día de hoy 09 de agosto de 2010, siendo las dos y treinta de la tarde (2:30 p.m.), comparecen voluntariamente por la parte actora la ciudadana ZAIMAR ALVAREZ COLINA, venezolano, mayor de edad, jurídicamente capaz, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.084.965 asistido por el abogado ISRAEL ALFREDO ORTA D´APOLLO, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 133.306, y por la demandada, el apoderado judicial CLAUDIA OROPEZA, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 133.179, según instrumento poder que consigna en original, dejando copia simple para su certificación por secretaria. La apoderada judicial de la parte demandada se da por notificada de la presente causa y renuncia al término de comparecencia, por lo que ambas partes solicitan sea adelantada la celebración de la audiencia preliminar. Acto seguido, la Juez, oída la solicitud, acuerda celebrar el acto. Seguidamente, las partes manifiestan sus defensas tanto en hechos como en derecho, posiciones que se avalan con el cúmulo probatorio que cada uno de ellos posee, sin embargo, instada como ha sido la mediación por el juez y con el objetivo de dar fin al presente procedo por vía del uso de los medios alternos de resolución de conflictos, las partes llegaron a un acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
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