REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 05 de Agosto de Dos mil diez.
200º y 151º
ASUNTO: GP02-S-2009-000812
Visto que la parte actora en la presente causa, en fecha 02 de Junio de 2010, presenta DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO POR OFERTA REAL DE PAGO, por ante la U.R.D.D. de este Circuito Laboral, este Tribunal con vista a tal manifestación voluntaria de la parte, suficientemente identificada en autos, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO EN LOS TERMINOS ESTABLECIDOS EN EL CONTENIDO DEL MISMO. Otorgándole carácter de cosa juzgada. En atención a la HOMOLOGACIÓN, este despacho ordena el cierre y el archivo del presente expediente.
La Juez
Abg. Noris B. Godoy Villegas.
La secretaria.
Abg. Mayela Díaz.
.