REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCION
Carúpano, 6 de Diciembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: RK11-P-1999-000035
ASUNTO: RK11-P-1999-000035

Por recibido oficio 5 C-1789-2010 suscrito por el Juez Quinto de Control de esta Extensión Judicial, mediante el cual solicita información sobre estado actual de la presente causa, toda vez que ante ese despacho fue presentado el ciudadano Lucas Rafael Rodríguez y de la revisión del sistema se determinó que el mismo aparecía requerido conforme a orden de captura librada por este despacho en fecha 22 de Octubre del 2007; este Tribunal pasa a resolver en los siguientes términos: De la revisión del presente asunto, se desprende que en fecha 18 de Octubre del 2007, mediante oficio RK11OFO2007001984 el tribunal Primero de Juicio dictó Orden de Aprehensión al ciudadano Lucas Rafael Rodríguez, por cuanto no comparecía a la audiencia de constitución de tribunal, orden esta que fue ratificada en fecha 08 de Abril del 2008 por los mismos motivos, la cual se materializó en fecha 23 de Mayo del 2009, siendo impuesto de la misma en fecha 05 de Agosto del 2009, oportunidad en que se omitió dejar sin efecto la referida orden de aprehensión, posteriormente en fecha 02 de Octubre del mismo año se celebró audiencia en la cual el referido ciudadano admitió los hechos, se le impuso la pena correspondiente y se le revisó la medida, razón por la cual la presente causa fue remitida a fase de ejecución estando el penado en situación de libertad, fase en la que se encuentra la causa en espera de celebración de la audiencia de imposición respectiva; por lo que vista la materialización de la orden de aprehensión ya ejecutada en su oportunidad, estima quien decide que no existen fundamentos legales para mantener la vigencia de la misma, ya que se están violando los derechos fundamentales consagrados en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, motivo por el cual se acuerda ofíciar al Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalisticas de esta ciudad a los fines de que desincorpore del sistema SIIPOL, el requerimiento de fecha en fecha 22 de Octubre del 2007, por orden de aprehensión dictada en contra del ciudadano Lucas Rafael Rodríguez, mediante oficio N° según oficio RK11OFO20070019842. Líbrese lo conducente. Cúmplase.
El Juez Segundo de Ejecución.

Abg. Luís Mariano Marsella.
La Secretaria.

Abg. Patricia Rasse Boada.