ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-005665
PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO MEJIAS, LUIS ALBERTO LEZAMA SUAREZ, JOSE MIGUEL GOZNALEZ, EUSTAQUIO PEREZ, RUBEN ANTONIO SIERRA PIMENTEL, JONATHAN ERNESTO YEPEZ CARPINTERO, YONNY RAFAEL CAMPO, GENRRY RAFAEL PEREZ RODRIGUEZ, JOSE LUIS MALAVE y ANDRES ARCADIO YANES
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: COTECNICA CHACAO C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: VICTORIA ALVAREZ
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy veintidós de diciembre de dos mil diez, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio,; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar; situación contraria con la parte demandada que compareció por intermedio de su apoderada judicial, abogado en ejercicio Victoria Alvarez, inscrita en el inpreabogado bajo el número 130.598 quien acredita la representación mediante la consignación de copia fotostática de instrumento poder (previa confrontación con el original por la juez de este Despacho); por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °.
El Juez
Abg. Neyiree Toledo
Parte Demandada
La Secretaria
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