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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de  Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
 Caracas, nueve de diciembre de dos mil diez
 200º y 151º
 
 ASUNTO : AP21-S-2010-001553
 
 
 Visto el escrito transaccional presentado por el ciudadano PEDRO SANTANTA ESPEJO, titular de la cédula de identidad Nro. 10.335.027, en su carácter de parte oferida, debidamente asistido por la abogada en ejercicio LOIDA OJEDA , IPSA Nro. 70. 355, por una parte, y por la otra, la empresa “A.J.P. 11 CONSTRUCCIONES, C.A. ”,  parte oferente, debidamente representada por la abogada en     ejercicio     ANGELICA   JOSEFINA   PEREZ, titular de la C.I.. Nro. 3 .959.598., en su carácter de Presidente de la demandada, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JOSE JOAQUIN BOGGIANO,I.P.S.A. Nro. 9.960, quienes llegan a un acuerdo por la cantidad de Bs. 27.300, este Tribunal por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público HOMOLOGA la transacción; dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con los artículos 256 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por analogía de conformidad con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo
 La Jueza
 
 La Secretaria
 Abg. Olga Romero
 Abg. Carmen Romero
 
 
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