REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 22 de Diciembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO: AH13-V-2003-000091
Vista la diligencia de fecha 16 de diciembre de 2010, suscrita por el abogado ELIO QUINTERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 47.255, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, este Tribunal ordena agregar dicha actuación al cuaderno de medidas, que es donde corresponde, junto con su comprobante de presentación, previa su lectura por Secretaría, todo a los fines de que surta los efectos legales consiguientes.
Asimismo visto el contenido de la prenombrada diligencia y vista la manifestación realizada por el apoderado judicial de la parte actora, en la cual señala que la parte demandada, dio cumplimiento con lo acordado en la transacción suscritas por las partes y homologada por este Despacho en fecha 01 de diciembre de 2005, este Juzgado a los fines de dar cumplimiento con lo solicitado, se acuerda oficiar al Registrador de la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Girardot del Estado Aragua, a fin de que se sirva suspender la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Juzgado, en fecha 15 de diciembre de 2003 y participada a esa Oficina de Registro mediante oficio Nº 2515, de esa misma fecha, la cual pesa sobre el bien inmueble que se identifica a continuación:
“Un apartamento distinguido con las siglas PH-B, que forma parte de la planta Pent-House del edificio Torre La Cibeles, ubicado en la ciudad de Maracay, en la zona comercial de la Urbanización Andrés Bello, parcela “P”, calle Juan Vicente González, en la Jurisdicción del Municipio Crespo, Distrito Girardot del Estado Aragua, cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: con la fachada norte del edificio; SUR: con el foso de los ascensores, cuarto de aseo y apartamento PH-A; ESTE: con la fachada este del Edificio; y OESTE: con la fachada Oeste del edificio. A dicho apartamento le corresponde cinco (05) puestos de estacionamiento ubicados en la planta baja, marcados con los nros. 25, 26, 27, 28 y 29, el maletero ubicado en la planta baja con entrada por la fachada norte del edificio, y le corresponde un porcentaje de condominio de (3,433.476%)”.
Dicho inmueble pertenece en propiedad a los intimados ciudadanos JOSEPH BSERENI ABAJIAN y HALA KASSIS DE BSERENI, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. V-5.269.513 y V-7.201.661, respectivamente, según se evidencia en documento protocolizado en ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha 20 de diciembre de 1985, bajo el Nº 31 de los folios 120 al 122 del Protocolo Primero, Tomo 13.
Líbrese oficio al registro correspondiente a los fines de que tome la nota marginal respectiva.
EL JUEZ
DR. JUAN CARLOS VARELA RAMOS
LA SECRETARIA
Abg. NAIROBIS M. DÍAZ
Asunto: AH13-V-2003-000091
JCVR/ NMD/ Iriana.-