REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SUPERIOR NOVENO DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL
CON SEDE EN CARACAS
Años 200° y 151°
DISPOSITIVO DEL FALLO
Cumplidos los trámites procedimentales establecidos en la Ley del Estatuto de la Función Pública, y encontrándose el Tribunal para dictar el dispositivo del fallo en la presente causa, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con Sede en Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve:
Primero: Declarar SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, sustanciado en el expediente judicial 2010-1158, caso: Xiomara Coromoto Oropeza de González, titular de la cédula de identidad Nº 5.096.932, contra la Contraloría Municipal del Municipio Libertador del Distrito Capital.
Segundo: Dictar la sentencia escrita sin narrativa dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes, vencido previamente los cinco (05) de despacho para dictar el presente dispositivo, a tenor de lo previsto en los artículos 107 y 108 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.
Así se decide.
Regístrese, diarícese y déjese copia certificada.
En la ciudad de Caracas, a los trece (13) días del mes de diciembre del año dos mil diez (2010). Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
La Juez Superior Titular,
Dra. Margarita García Salazar
La Secretaria,
Abog. Anny Sofía Garrido.
Exp. 2010-1158
Mecanografiado por Maira Paz
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