REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 14 de diciembre de 2010
200° y 151°
Visto el escrito presentado en fecha nueve (09) de diciembre de 2010, por el ciudadano Nelson Oswaldo Vásquez Tello, procediendo en su condición de Gerente General de la sociedad mercantil Instituto Adrián Vander, C.A., mediante el cual solicita la perención de la instancia y a todo evento desiste de la demanda de nulidad contenida en la presente expediente, este Juzgado de Sustanciación ordena notificar al ciudadano Procurador General de la República, de conformidad con el artículo 86 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica que rige sus funciones, y a la Dirección de Regulación y Control de Materiales, Equipos, Establecimientos y Profesionales de Salud con Competencia Nacional, adscrita al Ministerio del Poder Popular de Salud y Desarrollo Social, según lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente por remisión del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, concediéndole el término de diez (10) días continuos para que se tenga por notificado, remitiéndole a dichos funcionarios copia certificada de las actuaciones cursantes a los folios ciento ochenta y siete (187) al ciento ochenta y nueve (189) y del presente auto. Líbrense oficios con las inserciones correspondientes.
Una vez que consten en autos las notificaciones ordenadas, transcurrido el lapso a que se contrae el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, acuerda la remisión del expediente a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo a los fines legales consiguientes.
La Juez de Sustanciación,
Belén Serpa Blandín
El Secretario,
Jhotemberg Blanco Matheus
BSB/JBM/jab/rab
Exp. N° AP42-N-2005-000956
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