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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
 Tribunal Primero de Primera Instancia de Medición y Sustanciación
 Caracas, 21  de diciembre de 2010
 200º y 150º
 
 ASUNTO: AP51-J-2010-019289
 
 Revisadas y vistas las actuaciones que conforman el presente asunto,  presentado por la ciudadana JUANA FRANCISCA DURAN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro V- 5.348.094, en su carácter de abuela del niño (X), de 07 años de edad, debidamente asistido por la abogada MILAGROS GAMARDO, Defensora Pública Suplente Décima de Protección del Área Metropolitana de Caracas; y vista la aceptación de los ciudadanos FRANK ALEXANDER FUENTES DURAN, YURBY TATIANA AZOCAR PEREZ, JUAN ANDRES GARCIA CONTRERAS, YSABEL MARIA CARABALLO UGAS, MARIA DEL CARMEN MONTILLA DE MONTILLA y ROUSER JOHANDRI MONTILLA MONTILLA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 13.383.380, 15.931.076, 10.741.313, 12.782.969, 10.311.611 Y  18.817.685, respectivamente, propuestos por la solicitante, para los cargos de TUTOR, PROTUTOR, SUPLENTE DEL PROTUTOR y MIEMBROS DEL CONSEJO DE TUTELA, a favor del niño (X), de 07 años de edad,  este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; y cumplidas con las formalidades legales correspondientes: Las oportunas juramentaciones y por ende aceptaciones de los cargos recaídos sobre ellos y en atención a lo establecido en el Titulo IX, capitulo I referente a  la Tutela, Sección I del Código Civil Vigente Venezolano, les discierne el Cargo de: TUTOR, al ciudadano FRANK ALEXANDER FUENTES DURAN; PROTUTOR, a la ciudadana YURBY TATIANA AZOCAR PEREZ; SUPLENTE DEL PROTUTOR, al ciudadano JUAN ANDRES GARCIA CONTRERAS; Y MIEMBROS DEL CONSEJO DE TUTELA, a los ciudadanos YSABEL MARIA CARABALLO UGAS, MARIA DEL CARMEN MONTILLA DE MONTILLA y ROUSER JOHANDRI MONTILLA MONTILLA, antes plenamente identificados. Expídase por Secretaría copia certificada del presente auto, a los fines de su protocolización el Registro Público del domicilio del niño de autos. ASI SE DECIDE. CUMPLASE.
 EL JUEZ,
 
 Abg. JORGE GUSTAVO MIRABAL
 LA SECRETARIA,
 
 Abg. KARLA SALAS.
 
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