REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de diciembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: KP02-T-2010-000080

Vista la presentada demanda de DAÑOS Y PERJUICIOS intentada por la ciudadana GREGORIO JOSEFINA CADET PERDOMO, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 8.050.924, de este domicilio, asistida por la abogada OSIRIS BENITEZ MARIN, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 108.849 contra los ciudadanos REGINA RABASSO VIDAL y JOSE MARIA LUCENA PEREZ, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.184.839 y 13.435.021, este Tribunal observa que conforme lo dispone la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18-03-2009 dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02-04-2009, el conocimiento del presente asunto corresponde a los Juzgados de Municipio en forma exclusiva y excluyente, razón por la cual este Tribunal se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente solicitud en razón de la cuantía. En consecuencia, una vez precluya el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil sin que se interponga el recurso de ley contra la presente decisión, se procederá a remitir la presente causa a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos para su distribución entre los Juzgados de Municipio Iribarren del Estado Lara.-

La Juez Temporal,


Isabel Victoria Barrera Torres
El Secretario Acc,


Gustavo Emilio Posada
IVBT/dmg