REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TORRES
En horas de Despacho del día de hoy 13 de Diciembre del año 2010 se traslado el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, se constituyo en un inmueble ubicado en la calle Nº 10 sector Valparaíso, siendo las 10:20 a.m con la presencia del ciudadano Juez Abogado Rafael Martínez la Secretaria Temporal Abogada Johanna Pérez, Acompañan al Tribunal el apodera o judicial Maria Laura Riera, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 92.001, PARTE demandante, también dos (02) funcionarios de la Guardia Nacional de nombres: Sargento Mayor de Segunda Aguaje Lenin, cedula de identidad Nº 10.723.570, Sargento Mayor de Tercera Vásquez Mario, cedula de identidad 11.215.507, a los fines de dar cumplimiento al mandamiento de ejecución enviado del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, para la practica de Medida de Embargo Ejecutivo en el juicio intentado por JOSE DANIEL CABELLO MADRID, contra ALFREDO JESUS PIRE LAMEDA. Se encuentra presente en el inmueble el demandado en autos ya identificados quien expuso lo siguiente “con el propósito de dar por terminado el presente juicio convengo en pagar los conceptos demandados de la siguientes manera la cantidad de quinientos bolívares (500,00)Bs pagaderos quincenal, comenzando la primera cuota el treinta (30) de diciembre del presente año, correspondiendo la cuota numero 18 el día treinta (30) de julio del año 2011, y la ultima cuota de bolívares setecientos (700,00) Bs el día 15 de Agosto del mismo año para un total de 9.700,00 bolívares”, en este estado la apoderada judicial expone: “Acepto el convenimiento de pago ofrecido por la parte demandada y solicito que el pago se efectué por ante el tribunal de la causa. No habiendo mas nada que realizar solicito al tribunal suspenda la ejecución de la medida. El tribunal con vista la disposición de las partes ordena el regreso a su sede siendo las 11:00 a.m. Es todo, Se leyó se formo en conformidad. El Juez (fdo) ilegible. El demandado (fdo) ilegible. Los funcionarios de la Guardia Nacional (fdo) ilegible. La demandante (fdo) ilegible. La secretaria (fdo) ilegible.