REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS GUACARA Y SAN JAOQUIN JUDICIAL
DEL ESTADO CARABOBO
SOLICITANTE: ROSSANA DEL VALLE LÓPEZ MONTOYA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio.
ABOGADA ASISTENTE: AURA ZAIRENE MEDINA, debidamente inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 121.585.
MOTIVO: INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
EXPEDIENTE: No. 2311/10
Se inicio el presente juicio formal de Solicitud de Inserción de Partida, interpuesta en fecha 01 Febrero de 2010, por la ciudadana ROSSANA DEL VALLE LÓPEZ MONTOYA de este domicilio, asistida en este acto por la abogada AURA ZAIRENE MEDINA, también de este domicilio, donde solicita la Inserción de su Partida de Nacimiento en los Libros de Registro Civil, por ante el Tribunal Distribuidor de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, correspondiéndole por sorteo su conocimiento a este despacho. En fecha 02 del mismo mes y año se recibe la anterior demanda, junto con los recaudos y anexos y se le dio entrada bajo el No. 2311/10.
En fecha 05 de Febrero de 2010, se admitió la Demanda, se acordó oficiar a la Oficina de Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), y se ordeno librar el correspondiente Cartel y Boleta a la Fiscal del Ministerio Publico en Materia de Familia de esta Circunscripción Judicial, una vez que constara en autos la respuesta del SAIME.
En fecha 20 de Mayo de 2010, se recibe oficio bajo el No. RIIE-1-0501-04301, procedente de la Dirección de Dactiloscopia y Archivo Central Departamento de Datos Filiatorios Ministerio del Poder Popular de Interior y Justicia, donde informa que la solicitante, no aparece registrada en el sistema ni como venezolana ni como extranjera, el Tribunal acuerda agregar al expediente el oficio emanado del Ministerio del Poder Popular de Interior y Justicia y ordena librar el Cártel de emplazamiento y la Notificación a la Fiscal del Ministerio Público en materia de familia.
En fecha 20 de Mayo de 2010, se emplazo a cuantas personas pudieran ver afectados sus derechos, para que comparecieran por ante este Tribunal el décimo día de Despacho siguiente a la consignación en autos del Cartel, para que hicieran la correspondiente Oposición, y de no presentarse Oposición, de conformidad con el Artículo 771 del Código de Procedimiento Civil, la causa quedaría abierta a pruebas.
En fecha 08 de Junio de 2010, el Alguacil del Despacho consigna Boleta de Notificación a la Representación del Ministerio Público, debidamente firmada.
En fecha 20 de Septiembre de 2010, comparece por ante este Tribunal la ciudadana Rossana del Valle López Montoya, asistida de abogado, a los fines de consignar el Cartel publicado en el Diario El Carabobeño y en la misma fecha se agrego al expediente.
En fecha 27 de Octubre de 2010, la solicitante asistida de abogado promovió las testimoniales de las ciudadanas Argelia Ruiz y Lisbely Montoya, así como la testimonial de la ciudadana Ana victoria Montoya, madre de la solicitante.
Concluido como se encuentra el lapso probatorio establecido en el Artículo 771 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado pasa a dictar sentencia definitiva en la presente causa haciendo las siguientes consideraciones:
Alega la solicitante que lleva por nombre ROSSANA DEL VALLE LOPEZ MONTOYA, que nació el 19 de Septiembre 1979, en la población de Guacara Estado Carabobo, en el hospital Dr. Miguel Malpica y que en los libros de Registro Civil llevados por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Guacara Municipio Guacara del Estado Carabobo, no aparece asentada su partida de nacimiento, que es hija de FÉLIX LOPEZ ORTEGA y de VICTORIA MONTOYA, asimismo solicita al Tribunal ordene la inserción de su partida de nacimiento en los libros de Registro Civil de Inserción de nacimientos llevados por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Guacara Municipio Guacara del Estado Carabobo.
Para efectos probatorios consigno los siguientes recaudos:
-Certificado de nacimiento expedido por el Instituto Carabobeño para la Salud (INSALUD) de fecha 19 de Junio de 2008.
-Constancia de No Presentación del Acta de Nacimiento expedida por la Oficina Municipal de Registro Civil de la Parroquia Guacara Municipio Guacara Estado Carabobo y Registro Principal del Estado Carabobo.
-Oficio remitido por la Dirección de Identificación y Extranjería. Dirección de Dactiloscopia y Archivo Central. Departamento de Datos Filiatorios, del Ministerio del Poder Popular de Interior y Justicia, donde se evidencia que la solicitante no aparece registrada en el sistema ni como venezolana ni como extranjera.
Promovió las testimoniales de los ciudadanos ANA VICTORIA MONTOYA y LISBELIS MONTOYA, quienes se presentaron a declarar en la oportunidad señalada por el tribunal, quienes de forma conteste respondieron a la PRIMERA PREGUNTA, conocer a la ciudadana ROSSANA DEL VALLE LOPEZ MONTOYA. A la SEGUNDA PREGUNTA, que era hija de FELIZ RAFAEL LOPEZ ORTEGA, quien falleciera recientemente y que la solicitante nació el día 19 de Septiembre de 1979, en la ciudad de Guacara Estado Carabobo, en el Hospital “Dr Miguel Malpica”
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