REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, ocho de diciembre de dos mil diez
200º y 151º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2010-001574
PARTE ACTORA: CARMEN JOSEFINA PEÑA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JOSE LOPEZ
PARTE DEMANDADA: FULLER MANTENIMIENTO, C.A.
APODERADOS DE LA DEMANDADA: JAVIER ALCALA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy, Ocho ( 8 ) de Diciembre del 2010, siendo las 2:00 p.m., del día y hora fijada por este Tribunal para la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, el Juez deja constancia de la comparecencia de la parte demandada a través del abogado JAVIER ALCALA, titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.997.924, e inscrito en el Inpreabogado bajo los Nros. 141.802, actuando con el carácter de apoderado judicial de la demandada FULLER MANTENIMIENTO, C.A., según consta en poder el cual corre agregado a los folios 17 y 18 del expediente. Igualmente el Juez dejó constancia de la Incomparecencia a la audiencia de la parte actora, ni por si, ni por medio de apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 200 ° y 151 °.
EL JUEZ
ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.
ABG. APODERADO DE LA DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG. TEYLU SEPULVEDA
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