REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO LOPNA


CIRCUITO JUDICIAL PENAL SECCIÓN ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
GUANARE
________________________________________

Guanare, 15 de enero de 2010
Año 199º Y 150º


CAUSA NÚMERO: U-140-09

DELITO: ROBO AGRAVADO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD

ACUSADO: (IDENTIDAD OMITIDA)

ASUNTO: REMISIÒN DEL ARMA AL PARQUE NACIONAL


Por cuanto en el presente caso, signada con la nomenclatura U-140-09, seguido contra (IDENTIDAD OMITIDA), se observa que en fecha 17 de diciembre de 2009, se dictó sentencia absolutoria, transcurriendo así desde esa fecha al dia de hoy, el lapso correspondiente para que las partes ejerzan los recurso legales pertinentes, y quedando firme la referida sentencia, corresponde decidir sobre el arma de fuego, tipo escopeta calibre 12, serial 17646, marca covavenca, de fabricación venezolana, y a un cartucho sin percutir involucrada en este proceso, previo a su remisión al archivo judicial, como consta del acta de cadena de custodia que ejerce por orden de éste Tribunal el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, del estado Portuguesa, Delegación Guanare, la cual corre inserta al presente expediente y como sobre la misma arma, no acreditó propiedad persona alguna, se acuerda el comiso de la referida arma y se ordena su remisión al Parque Nacional, del Ministerio de Interior y Justicia, de conformidad con los artículos 33 y 278 ambos del Código Penal. Así se decide.

En consecuencia, éste Tribunal de Juicio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Sección Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 33 y 278, ambos del Código penal, firme como ha quedado la sentencia dictada mediante juicio en este proceso, se acuerda el comiso del arma de fuego, tipo escopeta calibre 12, serial 17646, marca covavenca, de fabricación venezolana, y a un cartucho sin percutir y se ordena su remisión al Parque Nacional, del Ministerio de Interior y Justicia.

Publíquese y ofíciese lo conducente.


En la ciudad de Guanare, a los 15 días del mes de enero del año dos mil diez.

LA JUEZA DE JUICIO,



Abg. SENAIDA ROSALÍA GONZÁLEZ SÁNCHEZ



LA SECRETARIA,


ABG. DANIA LEAL